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Debates Intempestivos T2 E4: ¿Prohibir el niqab?

De nuevo profundizamos en un asunto de gran actualidad con la colaboración de Xavi Díez, Federico Ruiz de Lobera, David Souto y Carlos Sánchez.

Hoy planteamos este debate desde un punto de vista constructivo aunque implicado y sin pelos en la lengua. No se trata de determinar “islam sí o no”, sino de determinar si el Estado puede prohibir cubrir el rostro en el espacio público y bajo qué criterios. Cabe destacar que Burka y niqab no son lo mismo que el hiyab. Si bien el primero tapa el cuerpo y la cara (a menudo incluso con una rejilla), el segundo deja solo los ojos; sin embargo, el hiyab deja la cara visible, asimilable a llevar un sombrero o un gorro. En cualquier caso, casi todas las leyes europeas apuntan al velo integral, no al pañuelo.

En el derecho comparado se han decretado prohibiciones amplias del rostro cubierto en el espacio público en países europeos, como Francia (2011), Bélgica, Austria, Dinamarca, Países Bajos y, más recientemente, varios países de Asia Central de mayoría musulmana (Kazajistán, Kirguistán, Uzbekistán, Tayikistán), con el argumento de preservar la identidad nacional y la seguridad. Asimismo, Italia acaba de vetar burka y niqab en las escuelas (septiembre de 2026); el hiyab, de nuevo, queda fuera. España todavía no tiene ley nacional y el Tribunal Supremo anuló en 2013 una ordenanza municipal por falta de ley orgánica, al tratarse de cuestión de derechos fundamentales.

Así las cosas, hemos tratado de analizar todas las implicaciones de este asunto tan controvertido, desde su dimensión religiosa, ética, étnica o jurídica, con nuestros queridos colaboradores y compañeros Xavi Díez, Federico Ruiz de Lobera, David Souto, con la moderación de Carlos Sác

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